Te han parado y no llevabas el DeCA: qué hacer ahora
Ya ha pasado. El agente ha pedido el documento, no lo tenías, y ahora estás con el boletín en la mano pensando qué haces. Esto es lo que viene después, sin dramatizarlo y sin quitarle importancia.
Primero: el documento de después no borra el de antes
Generar el DeCA en el arcén, ya parado, no arregla ese control. El documento tiene que existir antes del inicio efectivo del servicio, y el agente está comprobando si existía entonces, no si existe ahora.
Lo que sí arregla es el resto del día. Si tienes dos entregas más, genera los suyos antes de arrancar. Lo que no puede pasar es que el mismo camión sume tres boletines en una jornada por lo mismo.
Qué viene ahora, por orden
- El boletín de denuncia recoge los hechos. Léelo antes de firmar y comprueba que lo que pone es lo que ha pasado: fecha, matrícula, el envío concreto. Firmarlo no es reconocer nada, es darte por enterado.
- Te llegará la notificación del expediente por los cauces habituales.
- Tienes plazo para alegar. El plazo y la forma vienen en la propia notificación, y conviene leerla el día que llega, no el día que vence.
Qué se puede alegar y qué no
Alegar no es discutir la norma: es aportar hechos. Lo que suele tener recorrido:
- Que el documento sí existía y no se pudo enseñar —fallo de cobertura, móvil sin batería—. Aquí lo que vale es la prueba: la fecha y hora de creación del documento son un dato registrado, y si es anterior a la salida, se ve.
- Que ese transporte estaba exento. Si era privado complementario, una mudanza o paquetería, no entraba en el DeCA. Repásalo en los casos que no entran.
- Que los datos del boletín no son correctos.
Lo que no funciona: que no lo sabías, que el cliente no te lo mandó, que llevas veinte años haciéndolo con albarán. La obligación del documento de control es anterior a 2026; lo único que ha cambiado el 5 de octubre es que tiene que ser digital.
Y si el fallo no fue tuyo
Pasa más de lo que parece. El artículo 7 de la Orden FOM/2861/2012, en la redacción de la Orden TRM/282/2026, reparte de quién es cada dato: el cargador contractual responde de sus datos, de los tuyos, del origen y destino y de la mercancía; el transportista efectivo, de la autorización especial, la fecha y las matrículas.
Que la responsabilidad esté repartida no significa que puedas circular sin documento esperando a que lo haga otro. Pero sí significa que, si el documento existía y el error estaba en una parte que no te corresponde, eso es un hecho relevante y se alega.
Lo que de verdad importa: que no se repita
La cifra de una sanción se aguanta una vez. Lo que no se aguanta es que se multiplique: el documento se exige por envío, y cada control es independiente. Un transportista con cuatro portes al día que sigue sin generarlos no tiene un problema, tiene cuatro al día.
Si el motivo fue que se te olvida, el arreglo no es acordarte más: es que salga solo. Guardar las rutas que repites como plantilla y duplicar el documento del día anterior convierte esto en dos toques de móvil antes de arrancar.
En resumen
- Generarlo después no arregla ese control, pero sí el siguiente.
- Lee el boletín antes de firmar y la notificación el día que llega.
- Se alegan hechos: que existía, que estaba exento, que el dato es erróneo.
- La fecha y hora de creación del documento es un dato registrado. Juega a tu favor.